31 març 2011

Una jutge ordena l’embargament del mobiliari de Coalición Valenciana per no pagar 428 euros

Patètic el nou episodi del xiringuito blaver radical: La titular del jutjat de primera instància número 27 de València ha ordenat l’embargament del mobiliari i els estris de la seu de Coalició Valenciana per no pagar 428 euros. El partit que presideix Juan García Sentandreu deu a una empresa d’autobusos 428 euros pel trasllat d’un grup de simpatitzants al míting central en les últimes autonòmiques. L’amo de l’empresa d’autobusos porta quatre anys intentant cobrar el deute sense èxit. La jutge ja va advertir en un acte que li crida l’atenció que l’entitat política manifeste que no pot pagar 428 euros, mentre manté una seu a l’avinguda de la Gran Via Marqués del Túria de València. Fa uns dies, les Corts i el Consell reclamaren a Sentandreu 2.200 euros pel judici sobre l’AVL que va perdre el líder ultra contra el Govern valencià. Notícia de Levante-EMV:

Una juez ordena el embargo del mobiliario de Coalició Valenciana por no pagar 428 euros

El partido de García Sentandreu debe el traslado de simpatizantes en un mitin de las últimas autonómicas

RAMÓN FERRANDO – VALENCIA

La titular del juzgado de primera instancia número 27 de Valencia ha ordenado el embargo del mobiliario y los enseres de la sede de Coalició Valenciana por no pagar 428 euros. El partido que preside Juan García Sentandreu debe a una empresa de autobuses 428 euros por el traslado de un grupo de simpatizantes al mitin central en las últimas autonómicas. El dueño de la empresa de autobuses lleva cuatro años intentando cobrar la deuda sin éxito. La juez ya advirtió en un auto que le llama la atención que la entidad política manifieste que no puede pagar 428 euros. La magistrada está a punto de emprender el tercer intento de embargo tras fallar los dos primeros, según confirmaron fuentes cercanas al caso.

Coalició Valenciana contrató el servicio para trasladar a un grupo de simpatizantes de Chelva a la plaza de toros de Valencia el 19 de mayo de 2009. El propietario del autobús pasó el recibo por valor de 428 euros y no logró cobrarlo. La empresa presentó una demanda de reclamación de cantidad en el juzgado de Primera Instancia número 27 de Valencia y la juez le dio la razón en diciembre de 2008, según recoge la sentencia. Los representantes de la agrupación política no se presentaron a la vista oral y Coalició Valenciana fue juzgada en rebeldía. El fallo condenó al partido a pagar la deuda más los intereses legales.

La juez dictó el 6 de febrero de 2009 la ejecución del embargo del mobiliario de la sede de Coalició Valenciana, que en aquel momento estaba en la calle Sorni de Valencia. La sorpresa fue que todo el mobiliario de oficina, ordenadores e impresoras pertenecían a una empresa de inserción social. La magistrada tuvo que revocar el auto.

El abogado del demandante intentó que intervinieran las cuentas al partido, pero descubrió que las que aparecían en el registro informático de los juzgados -el archivo Regin- estaban a cero, siempre según informaron fuentes próximas al procedimiento. El letrado comprobó que el partido tenía 1.331 afiliados en abril de 2010, pero la formación política aseguró que los militantes no pagaban cuotas.
Coalició Valenciana trasladó su sede a la gran vía Marques del Turia, número, 51. La magistrada ordenó en octubre que se embargara el mobiliario de la nueva sede. El intento fue fallido porque el partido señaló que no tenía muebles en su sede.

Tercer intento
La empresa de autobuses pidió en el juzgado hace una semana que se ejecute de una vez por todas el embargo para poder cobrar los 428 euros del servicio y los 140 euros de intereses.

La demandante incide en su último escrito en que es “altamente improbable” que el partido político no disponga de mobiliario en su sede. El documento precisa que en el local trabaja una secretaria, que “ejercerá alguna labor administrativa y por tanto necesitará un determinado mobiliario”. Fuentes del gabinete de comunicación del Tribunal Superior de Justicia confirmaron que la magistrada va a intentar por tercera vez ejecutar el embargo para que la entidad salde su deuda.

Levante-EMV trató de contactar ayer, sin éxito, con Juan García Sentandreu -que además de presidente de Coalició Valenciana es candidato a la alcaldía de Valencia por el partido- para recabar su versión de los hechos.

El Consell i les Corts reclamen 2.200 euros a Juan García Sentandreu

Les Corts Valencianes i el Consell estan disposats a arribar fins al final, si cal a l’embargament del compte bancari, per cobrar el president de Coalición Valenciana (CV), Juan García Sentandreu, les costes pel plet que va presentar per l’elecció i nomenament de tres membres de l’Acadèmia Valenciana de la Llengua (AVL), i que va perdre al Tribunal Suprem. La Cambra ha rebutjat l’últim dels recursos presentats per l’advocat ultradretà, que pretenia qüestionar l’elecció de tres acadèmics titulats en Filologia Catalana. En total, uns 2.200 euros. En cas d’ignorar el constrenyiment, la Generalitat aniria a l’embargament del compte. Una vegada més, les teories acientífiques secessionistes se’n van per les clavegueres, tot i que el PP manté una actitud ambigua, reconeixent per una banda la unitat de la llengua, i de cara a la galeria defensant les tesis de Sentandreu.

Notícia de Levante-EMV:

El Consell y las Corts quieren cobrar 2.200 euros a Sentandreu por el pleito de la AVL

La Generalitat inicia un procedimiento de apremio que puede acabar en embargo para reclamar al presidente de CV las costas de la demanda por el nombramiento de académicos de valenciano

J. G. G. VALENCIA Las Corts Valencianes y el Consell están dispuestos a llegar hasta el final, si es preciso al embargo de la cuenta bancaria, para cobrarle al presidente de Coalició Valenciana, Juan García Sentandreu, las costas por el pleito que presentó por la elección y nombramiento de tres miembros de la Acadèmia Valenciana de la Llengua (AVL), y que perdió en el Tribunal Supremo. La Cámara ha rechazado el último de los recursos presentados por el abogado derechista y prepara la remisión a la Conselleria de Economía del expediente para iniciar el procedimiento de apremio con el que reclamar el pago de la minuta del letrado del Parlamento, tasada en 945,75 euros, al que se añade el coste del abogado del Consell, otros 1.200 euros. En total, unos 2.200 euros. En caso de ignorar el apremio, la Generalitat iría al embargo de la cuenta.

El conflicto se inició tras la elección en las Corts, y posterior nombramiento por el Consell, de tres académicos de la AVL. El líder de CV recurrió ambos actos al cuestionar que los elegidos cumplan los requisitos establecidos en la ley de creación de la Acadèmia. Sentandreu pretendía invalidar la elección al sostener, desde una posición de secesionismo lingüístico enfrentada a las tesis de la Universitat, que la titulación de Filología Catalana (denominación académica oficial de la lengua) no los acredita como expertos en valenciano. El TSJCV no admitió el recurso al entender que el acto parlamentario no era materia del contencioso-administrativo y porque el referente de CV carecía de legitimación para recurrirlo. Sentandreu se fue entonces al Supremo. El alto tribunal tumbó igualmente su pretensión, con imposición de las costas, hasta un máximo de 3.000 euros.

Las Corts hicieron un cálculo del coste del trabajo del letrado, que cifraron en 945,75 euros. El abogado de la Generalitat, otros 1.200 euros. El Supremo la aprobó, sin que Sentandreu lo recurriera. Entonces, la Cámara autonómica, en cumplimiento de la resolución del Supremo, aplicó un novedoso procedimiento para lograr al margen del juzgado el cobro de estas costas, consistente en dar un mes para el pago voluntario y, en caso contrario, iniciar un procedimiento de apremio contra el afectado.
El abogado dejó pasar el plazo y a finales de diciembre pasado presentó un recurso de reposición contra el acuerdo de la Mesa de las Corts. En su escrito, acusaba a la institución de “quiebra del principio de división de poderes” al “irrogarse la potestad de sustituir al Tribunal Supremo” abriendo en paralelo a la vía judicial “un proceso administrativo improcedente”. Hablaba de “duplicidad de procesos” y de “injerencia ilegítima de las Corts Valencianes en la actuación del Poder Judicial”.

La Mesa de la Cámara, con base en un exhaustivo informe jurídico, rechaza este recurso alegando, de entrada, que lo presentó fuera de plazo (el requerimiento del cobro se le entregó el 9 de noviembre y recurrió el 27 de diciembre), pero, “ante las graves e infundadas acusaciones” de Sentandreu, las Corts entran también en el fondo del asunto.

Novedoso sistema legal

En este sentido, explican que la ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa introdujo en 1998 un novedoso sistema para que la Administración “pueda autoejecutar” el importe de la tasación de costas, una vez éstas sean firmes, al margen y sin que ni siquiera haga falta ponerlo en conocimiento del juzgado. Para colmo, recalcan que este mecanismo se puso en marcha en cumplimiento de lo ordenado por la sala del Tribunal Supremo.

El órgano rector de las Corts, tras advertir que el recurso de Sentandreu no paralizaba el plazo de pago voluntario de mes, acuerda directamente la certificación del descubierto y solicitar al Consell la instrucción del procedimiento de apremio para la exacción de la deuda en concepto de las costas. Al coste de los honorarios del letrado de las Corts (por el recurso de casación en el Supremo) se añadirá el del abogado del Consell.